Notificaciones judiciales y emplazamientos
Somos alguaciles. Notificamos actos judiciales y extrajudiciales, emplazamientos, citaciones, ejecuciones, embargos y subastas de decomiso en toda la República Dominicana conforme al Código de Procedimiento Civil. Cobertura en más de 100 naciones mediante personal propio o agentes vetados, con cumplimiento del Convenio de La Haya.
Cobertura geográfica
- República Dominicana (cobertura nacional, 32 provincias)
- Puerto Rico (notificación oficial)
- Estados Unidos (50 estados, Islas Vírgenes)
- Más de 100 naciones soberanas
- Cumplimiento del Convenio de La Haya (Letters Rogatory)
Proceso en 4 pasos
- Revisión previa — Verificación de cumplimiento con el derecho procesal dominicano antes de iniciar la notificación.
- Traducción al español — Incluida en el precio. Cumple con el Art. 29 de la Constitución y los Arts. 23-28 del Código de Procedimiento Civil.
- Notificación por alguacil — Nuestros alguaciles ejecutan el acto conforme a la ley local, con conocimiento de las prácticas de cada distrito judicial.
- Acta y constancia — Documentación admisible en tribunales dominicanos, estadounidenses e internacionales, con registro detallado de fecha, hora, lugar y forma.
¿Por qué importa el alguacil?
La notificación de actos judiciales en la República Dominicana debe realizarse por alguacil autorizado. El uso de personal no acreditado puede resultar en la nulidad del acto, retrasos procesales o impugnaciones. Poindexter Global Intelligence emplea alguaciles con experiencia en cada distrito judicial, y la revisión de counsel local está incluida en el servicio.
Publicaciones académicas sobre la materia
Nuestro principal, C. Constantin Poindexter Salcedo, es autor de tres tratados sobre el emplazamiento en la República Dominicana y Puerto Rico. Descarga gratuita.